Con pedido de captura internacional
El fiscal general de Mendoza le pidió al juez que considere al ex camarista Romano en rebeldía. Procesado como partícipe necesario en un centenar de delitos de lesa humanidad, Romano se fue a Chile, donde pretende que se lo considere un refugiado político. Según el texto de la ley, sus posibilidades son pocas.
Otilio Romano está procesado en un centenar de secuestros, torturas, robos de bienes y desapariciones.Diario Página|12 - 10/09/2011
Por Diego Martínez
Mientras la dirigencia chilena comienza a tomar partido sobre el pedido de refugio del ex camarista mendocino Otilio Roque Romano, que huyó del país ante su inminente desafuero, el fiscal general Omar Palermo le pidió ayer al juez federal Walter Bento que declare en rebeldía y ordene la captura internacional del fugitivo, quien a juzgar por la ley sobre protección de refugiados de Chile tendría pocas chances de obtener el asilo político. Más allá de los ocho meses de visado temporario que concede automáticamente a cualquier solicitante, la norma que refrendó en abril del año pasado el propio presidente Sebastián Piñera excluye del régimen de protección a toda persona sobre quien existan “fundados motivos” sobre su participación en “delitos contra la humanidad” como Romano, procesado como partícipe necesario en un centenar de secuestros, torturas, allanamientos ilegales, robos de bienes y desapariciones.
La intención del gobierno chileno, según fuentes del entorno de Piñera citadas ayer por el diario La Nación, sería expulsar a Romano del país. La decisión, de ser cierta, demorará no menos de un mes. Según la ley 20.430 sobre protección de refugiados, la Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiados (CRCR) no tiene un plazo perentorio para pronunciarse, aunque en caso de decidir la expulsión debe conceder treinta días al interesado para que gestione su admisión en un país más generoso.
El secretario general de la pinochetista Unión Demócrata Independiente (UDI), Víctor Pérez, propuso ayer canjear a Romano por el ex guerrillero Sergio Galvarino Apablaza, asilado político en la Argentina. Como si fueran bandas que intercambian rehenes, el dirigente de los ultraderechistas que integran el gabinete de Piñera planteó abiertamente que “si la Justicia argentina quiere al juez Romano, debe entregar (sic) a Galvarino Apablaza a la Justicia chilena”. El subsecretario del Interior chileno, Rodrigo Ubilla, descartó la hipótesis. “No es posible, sería violar la ley”, respondió. El diputado Hugo Gutiérrez, ex miembro de la Asamblea Nacional de Derechos Humanos, le pidió al Ministerio del Interior que expulse al ex juez de su país. “No se le puede dar asilo político a un acusado de lesa humanidad”, remarcó el diputado del Partido Comunista.
La ley sobre refugiados chilena concede el derecho a quienes tengan “fundados temores de ser perseguidos”, pero excluye en su artículo 16 a los imputados en “delitos contra la paz, de guerra o cualquier otro delito contra la humanidad definido en algún instrumento internacional ratificado por Chile”. El artículo 31 ordena a la comisión recopilar información del país de origen, donde Romano tiene procesamiento confirmado en segunda instancia; el 33 obliga al solicitante a “decir la verdad” y el 34 encomienda a la Comisión Interministerial a apreciar las pruebas “conforme a la sana crítica”. Si bien no se conocen los argumentos presentados por Romano, no le resultará fácil convencer a los funcionarios chilenos de ser un “perseguido político” cuando hasta hace 17 días presidía uno de los tribunales más cuestionados del país por entorpecer causas sobre represores.
El fiscal Palermo, en tanto, le pidió al juez Bento que ordene la captura de Romano. El coordinador de la Oficina de Asistencia en causas de lesa humanidad de Mendoza, que el 12 de agosto pidió la elevación a juicio de la causa que tiene al ex juez como imputado, destacó la “clara y manifiesta voluntad contraria al sometimiento a proceso” por parte de Romano, que huyó del país sin informar al tribunal que lo procesó y no se presentó ante la citación por medio de sus abogados. Palermo resaltó que la inmunidad de arresto protege “la ‘función’ judicial” que Romano abandonó al fugarse, pero no puede “blindar de impunidad a la persona del funcionario”.