La APDH teme que haya «una verdadera ola de impunidad»
Página 12 - 20/04/2020
Por Ailín Bullentini
La Asamblea Permanente Por los Derechos Humanos de Rosario repudió el fallo de la Cámara de Casación que el viernes habilitó la prisión domiciliaria del genocida Lucio Nast amparado en las medidas de prevención de la pandemia de coronavirus al considerarlo “escandaloso” y “peligroso”. Para el organismo es “un primer paso de una seguidilla de domiciliarias que beneficien a los condenados por delitos de lesa humanidad que se transformarán en una verdadera ola de impunidad”, en un análisis coincidente con el de otras agrupaciones del movimiento de derechos humanos y efectores de la Justicia Federal .
Para la filial rosarina de la APDH, querellante en varios juicios por delitos de lesa humanidad que se desarrollaron en esa ciudad incluído el que culminó con la condena a Nast, el fallo en el que por mayoría los jueces Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques permitieron al ex policía dejar la cárcel de Ezeiza y continuar cumpliendo su condena a 22 años de cárcel en la casa de su hija es “arbitrario y escandaloso”.
Los jueces entendieron que, debido a su edad (66 años) y algunas dolencias, Nast integra la población que corre especial riesgo de contraer la covid-19, que circula desde hace más de un mes en el país pero que, por el momento, aún no ingresó en el penal de Ezeiza. Sin añadir más aclaraciones, Yacobucci y Mahiques añadieron que el beneficio otorgado “no exterioriza una expresión de impunidad por los graves hechos que se le imputan” acorde al “tiempo de detención que viene observando” el genocida. El comentario sumó interrogantes. El tercer integrante de la Sala II de Casación que falló en este caso, Alejandro Slokar, votó en dicidencia rechazando el beneficio.
“Tiene una notoria ausencia de fundamentos”, advirtieron desde la APDH sobre la decisión de los magistrados, que consideraron como “diversos y complejos” los problemas de salud de Nast (gastritis, hernia hiatal e inguinal, diverticulosis, dolor crónico abdominal, colelitiasis, trauma acústico, y secuela de herida de arma de fuego en tórax y pelvis) que, según el organismo “no existen”.
“Las dolencias aducidas por la defensa bajo ningún punto de vista pueden llevar a establecer que se trata de un enfermo en los términos de la ley de ejecución penal. La Pandemia no puede garantizar la impunidad”, resaltó la agrupación a través de un comunicado que difundieron a través de sus redes sociales.
En ese sentido, denunciaron que “se burlan de las condenas ejemplares” que llegaron tras los juicios de lesa humanidad y “luego de años de impunidad” en los que rigieron las leyes de obediencia debida y punto final.
Así, continuó el documento de la APDH: “Entendemos este fallo como peligroso y un primer paso de una seguidilla de domiciliarias que beneficien a los condenados por delitos de lesa humanidad” y que “si sientan un precedente, se transformarán en una verdadera ola de impunidad”.
“Es un acto judicial muy grave en el cual Argentina está violentando compromisos asumidos con la comunidad de naciones”, añadieron. Y concluyeron el comunicado con la sentencia de siempre: “El único lugar para un genocida es la cárcel”.